miércoles, 20 de enero de 2016

Una sentencia judicial deja sin efecto la fusión hospitalaria de Huelva

Huelva, 20.01.16.- Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Huelva, ha dejado sin efecto el proceso de fusión de los Hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena de Huelva al anular todas las actuaciones realizadas por el Director Gerente, Rafael García-Vargas Machuca. La sentencia, ganada por el Sindicato de Enfermería (SATSE) de Huelva, el Sindicato Médico de Huela y el Sindicato de Auxiliares de Enfermería, argumenta que el Gerente carece de competencias para acometer el proceso de fusión que, además, tampoco cuentan con respaldo normativo.

En concreto, el Sindicato de Enfermería explica que el fallo judicial considera que no se ajustan a derecho los actos ejecutados por el Director Gerente de ambos centros hospitalarios con carácter previo a la Resolución de 21 de noviembre de 2014, por la que se creó de forma oficial el Complejo Hospitalario Universitario de Huelva, y en consecuencia los anula por haber sido realizado por una persona sin las competencias necesarias y en ausencia de normativa al respecto.

En este sentido, SATSE recalca que la sentencia respalda en todos sus términos las denuncias sobre la ilegalidad del proceso impuesto en los hospitales de Huelva por la vía de los hechos por un órgano incompetente, el Director Gerente de los Hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena, para llevar a cabo la fusión de los servicios, especialidades y personal de los dos centros como si de un Complejo Hospitalario se tratase, sin haber sido creado éste por el procedimiento reglamentario ni existir resolución en la que conste su creación.

En la misma línea, el juez también respalda la denuncia del Sindicato sobre la falta de potestad de la Dirección Gerencia para modificar las plantillas de los centros hospitalarios, como de hecho se ha realizado en los hospitales de Huelva, sin respectar los procedimientos reglamentarios establecidos para la movilidad intercentros y sin informar a los profesionales de la situación real, que no es otra que la desaparición de sus plazas de origen sin posibilidad de reingreso.

Supresión de servicios

Por el contrario, SATSE recalca que la sentencia rechaza los argumentos de la Administración Sanitaria que enmarcaban dichas actuaciones en una mera redefinición del modelo organizativo y funcional de las unidades asistenciales y administrativas de ambos hospitales, en el ámbito de su potestad de autoorganización de los servicios sanitarios.

A la vista de las pruebas, subraya el juez, no se trata de modificaciones organizativas más o menos superficiales, sino “un verdadero proceso de fusión entre hospitales, caracterizado por la unificación o concentración de servicios asistenciales en uno de los centros hospitalarios con correlativa supresión de los existentes en el otro”.

Por tanto, queda patente, cita el sindicato del auto judicial, que el Director Gerente ha actuado de forma unilateral y al margen del ámbito de sus competencias, señalando que la ilegalidad de los actos ejecutados en cuya elaboración no han tenido intervención “ni la Consejería de Salud, ni el Consejo de Gobierno, ni sindicatos y profesionales”.

Depurar responsabilidades

El Sindicato de Enfermería ha valorado de forma muy positiva la sentencia ya que respalda los argumentos que viene defendiendo en contra del proceso de fusión de las que se está llevando a cabo desde sus comienzos de espaldas a ciudadanos, trabajadores y sindicatos y sin un respaldo normativo que lo regule.

Ante esta situación, SATSE ha reclamado que, por la manifiesta ilegalidad cometida por el Director Gerente de los Hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena de Huelva, Rafael García-Vargas Machuca, desde los organismos superiores se debería depurar responsabilidades y proceder a su cese fulminante.

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