jueves, 11 de enero de 2018

El SAS tendrá que indemnizar a dos empresas por irregularidades en la adjudicación de las obras del Chare de Lepe

Lepe, 11.01.18.- El juzgado de lo contencioso administrativo número tres de Huelva ha condenado con costas al Servicio Andaluz de Salud (SAS) de la Junta a indemnizar a dos empresas onubenses, con 245.000 euros a cada una, que se vieron perjudicadas por no poder acceder al concurso de las obras del Chare de Lepe por una excesiva exigencia de clasificación que no estaba justificada en el pliego de condiciones.

De este modo, desde el despacho que denunció los hechos, se considera esta sentencia como un “gran éxito” a favor de las pequeñas y medianas empresas de la provincia de Huelva a las que “en muchas ocasiones se les excluye de las licitaciones de obras que se realizan por parte de la administración al exigir unas clasificaciones por encima de lo establecido en la ley y en los reglamentos de contratación y que solo pueden tener por su especialización grandes grupos empresariales nacionales o internacionales”.

Y añade que “el hecho de que estas empresas onubenses fueran excluidas de la licitación sin posibilidad de concursar a la realización de las obras supone, según la sentencia, un perjuicio para las mismas que debe ser indemnizado por la administración”.

Según reconoce la sentencia, con fecha del pasado 20 de diciembre y a la que ha tenido acceso Huelva Hoy, “si en el concurso se hubiera exigido la clasificación que mejor se correspondía con el objeto del contrato que se licitaba, la entidad recurrente debiera haber sido admitida al concurso desde que resultó excluida, y aunque de ahí no se deduce que tuviera derecho a ser la adjudicataria, lo cierto es que el daño se le ocasiona de forma irreparable, desde el momento en que, con un mal funcionamiento del servicio público, se le impide ilícitamente el participar en el proceso selectivo, por lo que se produce un daño, derivado de la falta de dicha participación, que ciertamente no asegura que de haber participado sería la adjudicataria, pero esta circunstancia deviene imposible, por lo que procede la reparación de dicho daño”.

La citada sentencia se ha ganado bajo la dirección del letrado Manuel Sillero tras la reclamación iniciada por el también abogado Javier Hunt, que pretendía la indemnización a las empresas perjudicadas por un exceso de exigencia de clasificación al margen de las normas de contratación pública que les impidió acceder al concurso para la ejecución de las obras del Chare de Lepe.

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