jueves, 1 de septiembre de 2011

USO respalda al ISM tras declarar no apto para embarcarse a un hombre tartamudo

No se apagan los ecos de la lucha que lleva a cabo Rafael Vázquez, vecino de El Rompido que padece una disfemia (tartamudez) y al que, por ello, el Instituto Social de la Marina (ISM) le ha declarado no apto y, por tanto, no le permite embarcarse, para lo que contaría con el contrato que le brinda un armador.
Hoy se ha conocido que la Federación de Empleados Públicos de la USO-Huelva ha mostrado su respaldo a la Dirección Técnica y facultativos del ISM que tomaron la decisión de no conceder la declaración de “apto” en el reconocimiento médico previo al embarque de este hombre.
USO, sindicato mayoritario en la Administración General del Estado, según cuenta el periódico digital Huelvaya, ha querido dejar claro que no se trata de una decisión discriminatoria hacia un trabajador por el hecho de ser tartamudo, y que “desde la acción sindical de nuestra organización hemos apostado siempre por la integración de los discapacitados en el mercado laboral, con independencia de su grado, habiéndose denunciado en multitud de ocasiones por parte del sindicato, los reiterados casos de incumplimiento del cupo reservado por Ley a personas con discapacidad en las convocatorias de empleo público, o de escuelas taller”.
Sin embargo, según Miguel Angel Mora Pérez, vicepresidente de la Junta de Personal de la AGE en Huelva, secretario provincial de Acción Sindical y firmante de la nota, “ello no es óbice para que los requisitos de acceso a determinados puestos de trabajo se cumplan, en especial los relativos a la seguridad de los trabajadores, cuestión que en este caso la normativa deja meridianamente clara”.
Mora asegura que “el trabajo de la gente de mar está reconocido como uno de los que más riesgo y peligrosidad entrañan, tanto es así, que el del Mar, es de los pocos regímenes especiales de la Seguridad Social que contemplan coeficientes reductores de la edad de jubilación en sus cotizaciones al sistema”.
Por eso cree que no es válido que “se dicten normas para el estricto cumplimiento de las medidas preventivas a bordo de un buque, donde los condicionantes de riesgo de incendio y aislamiento hacen que la formación en materia preventiva no cese por parte del ISM, y que se haga de la excepción la regla cuando se planteen casos como el de don Rafael, que no por lamentable, repetimos, debe ser excepcional”.
La normativa en materia preventiva de riesgos en el trabajo, tiene su punto de partida en España a raíz de la publicación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, a la que antecedieron las Ordenanzas en materia de trabajo. Ley ante la que los trabajadores y empresas tomaron conciencia de la importancia de su desarrollo, implantación, y estricto cumplimiento.
“Hasta entonces y aunque parezca increíble -consta en la nota de USO-, se daban casos de marineros embarcados que no sabían nadar. Cosa que a día de hoy con el sistema de formación marítima implantado (en el que se incluyen las pruebas de supervivencia, la formación sanitaria, y el reconocimiento médico) es prácticamente imposible que suceda”.
“Por ello -finaliza la nota- y porque el reconocimiento médico es uno de los requisitos para el embarque, con independencia de la formación básica para la obtención del título profesional de marinero, la FEP-USO entiende que la decisión tomada por los facultativos de Sanidad Marítima del ISM es la correcta”.

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